La Cámara Compuesta por María Evangelina Bruzzo, Mariano Caprarulo y Fernando Martinez Uncal se expidió al mediodía de este martes, en Mitre 147, sita al lado de la entrada principal de Tribunales. La sentencia a la que accedió Casa Tomada.
SENTENCIA:
I.- NO HACER LUGAR a los planteos de extinción de la acción penal por prescripción promovidos por los Dres. Alejandro María Giorgio, Enrique Oscar Bacigaluppe, Damián Petenatti, Guillermo M. Mulet y Rubén A. Pagliotto, en beneficio de sus asistidos procesales, ello en un todo de conformidad a los Considerandos precedentes, a los que brevitatis causae habremos de remitirnos.-
II.- DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal y por consiguiente, DISPONER el SOBRESEIMIENTO del encausado Jose Orlando Troncoso, por razones de fallecimiento -arts. 59 inc. 1° del Código Penal y 397 inc. 6° del C.P.P.-.-
III.- RECHAZAR los recursos de casación interpuestos por los Dres. Edelmiro Jesús Diaz Velez, Alejandro María Giorgio -Defensor de Casación Penal-, Enrique Oscar Bacigaluppe, Gonzalo Martín Cantallops y Juan José Buktenica, contra la sentencia dictada el 1° de julio de 2.015 por el Tribunalde Juicio y Apelaciones de esta ciudad, la que por consiguiente, SE
CONFIRMA en lo que ha sido materia de recurso.-
IV.- DECLARAR las costas del proceso a cargo de los recurrentes vencidos en la proporción de un 80%, decretándose de Oficio el restante 20%, a excepción de los honorarios profesionales de los Dres. Rubén A. Paglioto, Damián Petenatti y Guillermo R. Mullet por su actuación en esta instancia, los que se declaran a exclusivo cargo de su asistido procesal, Carlos Daniel Zaragoza (arts. 584, 585 y ccdtes.del C.P.P.).-
V.- TENER PRESENTE las reservas del caso federal efectuadas por los letrados defensores.-